La Administración de Parques Nacionales formalizó una medida que prohíbe el uso del fuego en áreas naturales protegidas de la Patagonia y otras zonas del centro del país ante el aumento del riesgo de incendios forestales para la temporada de verano 2025-2026.
Los especialistas advierten que las condiciones meteorológicas actuales y las perspectivas para los meses estivales aumentan la amenaza de incendios en la región patagónica y una parte significativa de la región centro, lo que justifica la adopción de medidas de carácter urgente. La decisión tuvo en cuenta un informe técnico titulado “Aplicación regional de prohibición de uso de fuego para las diferentes áreas protegidas de la Administración de Parques Nacionales” que acompañó la resolución 390/2025 publicada este martes.
El documento “expone la situación actual y la proyección para los próximos meses en las diferentes regiones del país respecto de los riesgos de incendios, advirtiéndose para la región patagónica un nivel alto de riesgo de incendios y recomendándose la adopción de restricciones específicas al uso del fuego”.
“Deberá también disponerse la prohibición, a partir del dictado de la presente y durante todo el período que dure la temporada de riesgo, de la realización de cualquier quema y establecer medidas complementarias para regular el uso del fuego en las áreas de uso público de los Parques Nacionales Lanín, Nahuel Huapi, Los Arrayanes, Lago Puelo y Los Alerces, que constituyen las Áreas Protegidas con mayor riesgo de incendios forestales”, detalla la norma.
Al mismo tiempo, la reciente norma menciona que varias provincias del sur ya declararon la emergencia ígnea a través de la aplicación de decretos que implementaron reglas de prevención y control ante la amenaza de incendios forestales en una región que ya atravesó siniestros de considerable magnitud en los últimos años.
Bajo estos argumentos, el Gobierno ordenó que desde el 5 de diciembre y hasta el 30 de abril de 2026, queda prohibida cualquier quema en los parques mencionados, permitiéndose únicamente el uso de instalaciones habilitadas para la cocción de alimentos en campamentos organizados por prestadores turísticos autorizados (concesionarios o permisionarios), dado que “resulta necesario reforzar las medidas de prevención respecto del uso del fuego en todas las Áreas Protegidas”.



