El Gobierno Nacional dispuso una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que “facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos”, busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”.

La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso. Según la reglamentación, en el caso de que los pacientes no se atiendan en el sistema público de salud, “la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales, y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga”.

La organización social Mamá Cultiva celebró la noticia a través de su cuenta de Twitter. “¡AL FIN! La nueva reglamentación es un avance que nos compromete a seguir trabajando por ampliar derechos. La libertad de la planta es la libertad de todes”, escribieron. Asimismo, propusieron trabajar para una correcta implementación de la norma.

Mamá Cultiva, de larga militancia por el autocultivo medicinal, asesoró a las organizaciones de Tierra del Fuego que participaron en los debates que se dieron en la provincia sobre el cultivo medicinal en Río Grande, que finalmente fue aprobado en 2019.

En aquella oportunidad, el Concejo Deliberante de Río Grande, también aprobaba un programa municipal de investigación sobre los usos medicinales. El cultivo se llevaría a cabo con la tecnología de aquaponia, por lo que, en el mismo espacio donde crecen las plantas se criarían peces.

Fue la primera ordenanza del país que incluyó este método, con la finalidad además de producir pescado para ser donado a comedores solidarios. En aquel momento, desde el macrismo se autorizaba el acceso al aceite de cannabis y sus derivados, pero con restricciones.

Asimismo, la reglamentación anterior permitía la importación de aceite de cannabis y sus derivados, pero esto resultó “económicamente excluyente, atento el alto costo que implica su importación”.

“Estas restricciones reglamentarias configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población”, afirma el Decreto N° 883, y por esa razón hubo “un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo” que luego “fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles”.

La nueva reglamentación crea “un registro específico para usuarias y usuarios que cultivan Cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos”. El artículo 8 estipula la creación del Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), donde se pueden inscribir para recibir la autorización para el cultivo personal o en red.

La nueva reglamentación promueve, además, “la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos”.

El texto sostiene que uno de los objetivos es promover las investigaciones clínicas y aquellas realizadas por “el Conicet, otros organismos de ciencia y técnica, Universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de Cannabis y sus derivados”.

“Existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir”, sostiene el decreto.

El artículo 6 de la reglamentación establece que el Ministerio de Salud “creará las condiciones necesarias para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios y facilitar la investigación médica y/o científica” y se autoriza “a los fines de la investigación médica y/o científica, como así también de la producción” de cannabis al Inta y al Conicet.

“La Autoridad de Aplicación fomentará y priorizará, en vistas de la eficiencia en el uso de los recursos, a la producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos nucleados en la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS (ANLAP)”, agrega la reglamentación.