Así lo adelantó el presidente de la Comisión de Legislación General, Federico Greve. Este miércoles, hubo dictamen sobre el proyecto de Ley para modificar la Ley provincial N° 1.277, sobre el uso medicinal del cannabis y sus derivados.

Se trata de la adhesión a la Ley nacional 27.350, que en los artículos 3 ,4 y 5 fueron vetados por el Ejecutivo en 2018 tras la sanción de la norma originaria. Hubo un destacado aporte de Dr. José Bongiovanni Servera y de la autora de la iniciativa, legisladora Myriam Martínez.

Los integrantes de la Comisión debatieron la modificación de los tres artículos vetados por el Ejecutivo, relacionados con la ampliación de la nómina de patologías para la utilización medicinal de cannabis y sus derivados; y por otro lado, sobre la creación del registro provincial de pacientes y familiares usuarios de aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis.

En la oportunidad, fundamentó en la necesidad de contar con la norma a nivel provincial, el Dr. José Bongiovanni Servera, defensor Público ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia.

“Hoy tenemos la oportunidad de sacar de la clandestinidad a muchas familias que se ven sumergidas por la desesperación”, dijo la legisladora Myriam Martínez (FDT–PJ) autora del proyecto.

En la misma línea se expresó el legislador Federico Greve, “es una manera de darle un manto legal para terminar con esta persecución”, dijo.

“Uno tiene que registrarse y recién ahí tener autocultivo, uno no puede tener una planta en la casa porque sí, tiene que registrarse y justificar el registro”, aseguró Greve por Radio Provincia Ushuaia.

“Con este dictamen positivo de las dos comisiones podremos sacar una ley y promulgarla y así sacar de la clandestinidad a las personas que llevan una situación complicada de dolor”, concluyó.

El proyecto que logró dictamen favorable prevé en su nuevo articulado, la provisión de medicamentos a base de cannabis, aceites de cannabis y sus derivados para el tratamiento de síndromes, trastornos, enfermedades poco frecuentes, patologías como epilepsias, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple, tratamiento del dolor, estrés postraumático y toda otra condición de salud, existente o futura, que la autoridad de aplicación considere conveniente, que sea indicada por médico tratante especializado a pacientes.