Los ediles aprobaron durante la V Sesión Ordinaria, que se llevó adelante en las instalaciones del Museo Virginia Choquintel, varios proyectos para dar soluciones habitacionales a los riograndenses, tal como es la autorización para que el Municipio de Río Grande ceda al Gobierno nacional un loteo en Chacra XIII donde se construirán soluciones habitacionales a través del PROCREAR.

Durante la sesión los ediles también aprobaron dictámenes del Ejecutivo Municipal, entre ellos el dictamen N° 25 que ratifica el convenio entre el Fondo Fiduciario ´Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (PRO.CRE.AR) y el Municipio de Río Grande.

Asimismo aprobaron el dictamen N° 26 por el que se ratifica en todos sus términos el Convenio Marco de Adhesión al Sistema de Adjudicación “Procrear Cogestión Local” de fecha 28/07/2021, registrado bajo Nº 22733 de fecha 22/06/2022 y ratificado por Decreto Municipal Nº 549/2022, acordado entre el Fondo Fiduciario “Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar”, por medio del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, representado por el Señor Secretario de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, Escribano Scatolini, en su carácter de Titular Alterno del Comité Ejecutivo de Pro.Cre.Ar. y este Municipio, representado por el Sr. Intendente Municipal, en un todo de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente Nº 3259/2022.

Finalmente aprobaron el dictamen N° 27 a través del cual se declara de Interés Municipal la implementación del “Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar” (PROCREAR), creado por Decreto N° 902/12 y se ratifica el convenio marco de colaboración suscripto entre el Comité Ejecutivo del Fondo Procrear y el Municipio de esta ciudad.

Además se autoriza al Ejecutivo a transferir al Fondo Fiduciario Público, denominado “Programa de Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar” (PROCREAR) el dominio del bien inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción RG, Sección: E, Macizo: 103, Parcelas .

También se autoriza al Ejecutivo a la suscripción de un Convenio Específico con PROCREAR, el cual se regirá por los siguientes parámetros: estipular que la contraprestación que correspondiere al Municipio no superará el valor de tasación del inmueble, establecido por el Tribunal de Tasaciones de la Nación (TTN). A los fines de mantener el valor de la contraprestación que correspondiere, a favor del Municipio, la tasación de dicho inmueble será convertido en Unidades de Vivienda, (UVI – Ley N° 27.271), tomando como referencia el valor a la fecha en la que la tasación fuera informada, conforme cotización publicada por el Banco Central de la República Argentina.

El valor de la contraprestación a favor del Municipio, fijado en UVIS, será abonado por el Fiduciario en la cantidad equivalente de Unidades de vivienda o lotes, (según corresponda), al finalizar las obras necesarias para su generación en el inmueble transferido, tomando como referencia el costo de cada una de las UF/LCS fijado en UVIS.